KYC y su relación con la Prevención del Lavado de Dinero

En este artículo encontrarás:

En 1989 el G7 se reunió para crear un órgano encargado de combatir el Lavado de Dinero y el Financiamiento al Terrorismo, es entonces cuando crean el Grupo de Acción Financiera Internacinoal (GAFI).  Posteriormente el GAFI amplió el quórum de sus miembros incluyendo a las principales potencias de América.

¿Qué hace el GAFI?

El GAFI crea unos estándares conocidos como las “40 recomendaciones del GAFI” que son 40 lineamientos que los países miembros deben de adoptar dentro de sus regulaciones internas.

Los principales puntos que debes de conocer sobre las 40 recomendaciones y sobre las regulaciones en prevención de lavado de dinero son los siguientes:

  1. Autoridades 
    Se establecen 2 tipos de autoridades; una autoridad supervisora al cumplimiento de las obligaciones en Prevención de Lavado de Dinero, y una autoridad encargada de investigar y castigar el Lavado de Dinero como Delito.

  2. Actividades vulnerables
    Se define un listado de actividades empresariales y de actividades del sistema financiero susceptibles a ser actividades vulnerables. La actividad vulnerable es aquella actividad empresarial/comercial susceptible a usarse como medio de comisión por recursos de procedencia ilícita que impliquen en un daño al sistema financiero y por lo tanto se actualice en una hipótesis delictiva por blanqueamiento de activos.

  3. Compliance
    La recomendación del compliance implica dentro de ellas; establecer métodos de reporte de actividades por operaciones inusuales o alarmantes. 

    Des este modo, las Instituciones Financieras (y no financieras susceptibles a Actividades Vulnerables) deben de llevar a cabo un método de identificación de usuarios, conocido como “KYC” o “Know Your Customer”, que sirva como filtro para que este tipo de empresas eviten ofrecer sus productos y servicios a personas que posiblemente vayan a incurrir en actividades ilícitas en perjuicio del sistema financiero, del patrimonio de las mismas empresas, y/o en perjuicio de sus usuarios.

¿Cómo se debe de hacer un KYC?

El procedimiento de KYC se divide en diferentes etapas dentro de algo conocido como “Debida Diligencia” o “Due Diligence”:

  • Recolección de información personal e información personal sensible del usuario durante el proceso de “onboarding”.
  • Cotejo y verificación de identidad, y de información personal e información personal sensible con bases de datos públicas y/o privadas del usuario. Se debe de hacer el cotejo con bases de datos nacionales e internacionales. 
  • Determinación de riesgo de apertura de cuenta vs perfil del usuario. Se hace considerando varias características.

Cuando hay clientes de alto riesgo, se establece un procedimiento de KYC más estricto para monitorear frecuentemente al usuario. 

¿Cuál es el objetivo principal del KYC?

Decidir si se van a ofrecer los productos y/o servicios a un cliente, y definir el cómo se va a hacer esto con ellos. De tal forma que el KYC ayuda a prevenir el lavado de dinero y otros delitos en perjuicio del sistema financiero, de las empresas y/o de sus usuarios o personal. 

Al final, las empresas deben de optar por una experiencia de usuario en donde les permitan cumplir con sus obligaciones en PLD, y para ello puedan simplificar los procesos de Onboarding Digital con sus clientes y potenciales clientes.

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